Glosario de DDHH


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I

Igualdad

es el reconocimiento de la condición humana, más allá de la etnia, la religión, el color, el sexo, el género y otras características sociales y culturales. Por este principo, se considera a todas las personas en igualdad de condiciones en términos de libertades, derechos, garantías, obligaciones y oportunidades.

El artículo 16 de la Constitución Nacional establece la igualdad de todos los habitantes de la Nación Argentina, no admitiendo ningún tipo de discriminación (o igualdad formal), y el artículo 75, inciso 23, refiere a las acciones que debe realizar el Estado para promover y garantizar la igualdad real de oportunidades (o igualdad material). Este último, hace referencia a medidas de acción positiva que el Estado debe llevar a cabo en particular respecto de los niños, niñas y adolescentes, los adultos mayores, las personas con discapacidad y las mujeres, en otros.

[*] El art. 16 de la Constitución Nacional establece que “la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley (…)”.


Indivisibilidad

véase Características de los derechos humanos.


Interdependencia

véase Características de los derechos humanos.